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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1576 del Código Civil

Texto vigente

Tampoco tiene el arrendatario derecho a rebaja de la renta cuando los frutos se han perdido después de estar separados de su raíz o tronco.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1576

Artículo 1576 · Código Civil
Contenido1/3

Tampoco tiene el arrendatario derecho a rebaja de la renta cuando los frutos se han perdido después de estar separados de su raíz o tronco.

Completa el hueco2/3

Tampoco tiene el ________ derecho a rebaja de la renta cuando los frutos se han perdido después de estar separados de su raíz o tronco.

Artículo 1576 · Código Civil
Respuesta2/3

arrendatario

«Tampoco tiene el arrendatario derecho a rebaja de la renta cuando los frutos se han perdido después de estar separados de su raíz o tronco.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Tampoco tiene el arrendatario derecho a rebaja de la renta cuando los frutos se han perdido después de estar separados de su…»?

Artículo 1576 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1576

«Tampoco tiene el arrendatario derecho a rebaja de la renta cuando los frutos se han perdido después de estar separados de su raíz o tronco.»

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