⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1722 del Código Civil
Texto vigente
En los casos comprendidos en los dos números del artículo anterior puede además el mandante dirigir su acción contra el sustituto.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 1722
Artículo 1722 · Código Civil
Contenido1/3
En los casos comprendidos en los dos números del artículo anterior puede además el mandante dirigir su acción contra el sustituto.
Completa el hueco2/3
En los casos comprendidos en los ________ números del artículo anterior puede además el mandante dirigir su acción contra el sustituto.
Artículo 1722 · Código Civil
Respuesta2/3
dos
«En los casos comprendidos en los dos números del artículo anterior puede además el mandante dirigir su acción contra el sustituto.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «En los casos comprendidos en los dos números del artículo anterior puede además el mandante dirigir su acción contra el sustituto»?
Artículo 1722 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 1722
«En los casos comprendidos en los dos números del artículo anterior puede además el mandante dirigir su acción contra el sustituto.»
RECOMENDADOEspacio para afiliación (libros de códigos, temarios, academias)
Otros artículos de CAPÍTULO II. De las obligaciones del mandatario
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.