⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1808 del Código Civil
Texto vigente
No puede reclamarse la renta sin justificar la existencia de la persona sobre cuya vida esté constituida.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 1808
Artículo 1808 · Código Civil
Contenido1/3
No puede reclamarse la renta sin justificar la existencia de la persona sobre cuya vida esté constituida.
Completa el hueco2/3
No puede reclamarse la renta sin justificar la existencia de la persona sobre cuya vida esté ________.
Artículo 1808 · Código Civil
Respuesta2/3
constituida
«No puede reclamarse la renta sin justificar la existencia de la persona sobre cuya vida esté constituida.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «No puede reclamarse la renta sin justificar la existencia de la persona sobre cuya vida esté constituida»?
Artículo 1808 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 1808
«No puede reclamarse la renta sin justificar la existencia de la persona sobre cuya vida esté constituida.»
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