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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1885 del Código Civil

Texto vigente

Los contratantes pueden estipular que se compensen los intereses de la deuda con los frutos de la finca dada en anticresis.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1885

Artículo 1885 · Código Civil
Contenido1/3

Los contratantes pueden estipular que se compensen los intereses de la deuda con los frutos de la finca dada en anticresis.

Completa el hueco2/3

Los ________ pueden estipular que se compensen los intereses de la deuda con los frutos de la finca dada en anticresis.

Artículo 1885 · Código Civil
Respuesta2/3

contratantes

«Los contratantes pueden estipular que se compensen los intereses de la deuda con los frutos de la finca dada en anticresis.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Los contratantes pueden estipular que se compensen los intereses de la deuda con los frutos de la finca dada en anticresis»?

Artículo 1885 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1885

«Los contratantes pueden estipular que se compensen los intereses de la deuda con los frutos de la finca dada en anticresis.»

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