⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 266 del Código Civil
Texto vigente
El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.
Flashcards de este artículo
Artículo 266
El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.
El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos ________ y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.
justificados
«El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.»
¿Qué artículo establece: «El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a…»?
Artículo 266
«El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
El tutor que no incluya en el inventario guardador tiene derecho al reembolso de los créditos que tenga contra el tutelado se entenderá que gastos justificados y a la indemnización por los renuncia. daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 15/11/1983 · modificado por BOE-A-1983-28123
- Vigente desde 03/09/2021 · modificado por BOE-A-2021-9233
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.