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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 266 del Código Civil

Texto vigente

El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 266

Artículo 266 · Código Civil
Contenido1/3

El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.

Completa el hueco2/3

El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos ________ y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.

Artículo 266 · Código Civil
Respuesta2/3

justificados

«El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a…»?

Artículo 266 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 266

«El guardador tiene derecho al reembolso de los gastos justificados y a la indemnización por los daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 3 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 03/09/2021 por BOE-A-2021-9233.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (15/11/1983):

El tutor que no incluya en el inventario guardador tiene derecho al reembolso de los créditos que tenga contra el tutelado se entenderá que gastos justificados y a la indemnización por los renuncia. daños derivados de la guarda, a cargo de los bienes de la persona a la que presta apoyo.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 15/11/1983 · modificado por BOE-A-1983-28123
  3. Vigente desde 03/09/2021 · modificado por BOE-A-2021-9233

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