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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 35 del Código Civil

Texto vigente

Son personas jurídicas:

1.º Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la ley.

Su personalidad empieza desde el instante mismo en que, con arreglo a derecho, hubiesen quedado válidamente constituidas.

2.º Las asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad propia, independiente de la de cada uno de los asociados.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 35 (apartado 1)

Artículo 35 · Código Civil
Contenido1/5

Son personas jurídicas:

Completa el hueco2/5

º Las ________, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la ley.

Artículo 35 · Código Civil
Respuesta2/5

corporaciones

«º Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la ley.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «º Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la ley»?

Artículo 35 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 35

«º Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la ley.»
Información4/5

Artículo 35 (apartado 2)

Artículo 35 · Código Civil
Contenido4/5

º Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la ley. Su personalidad empieza desde el instante mismo en que, con arreglo a derecho, hubiesen quedado válidamente constituidas.

Completa el hueco5/5

Su ________ empieza desde el instante mismo en que, con arreglo a derecho, hubiesen quedado válidamente constituidas.

Artículo 35 · Código Civil
Respuesta5/5

personalidad

«Su personalidad empieza desde el instante mismo en que, con arreglo a derecho, hubiesen quedado válidamente constituidas.»

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