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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 36 del Código Civil

Texto vigente

Las asociaciones a que se refiere el número 2.º del artículo anterior se regirán por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, según la naturaleza de éste.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 36

Artículo 36 · Código Civil
Contenido1/3

Las asociaciones a que se refiere el número 2.º del artículo anterior se regirán por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, según la naturaleza de éste.

Completa el hueco2/3

Las asociaciones a que se refiere el número 2.º del artículo anterior se regirán por las ________ relativas al contrato de sociedad, según la naturaleza de éste.

Artículo 36 · Código Civil
Respuesta2/3

disposiciones

«Las asociaciones a que se refiere el número 2.º del artículo anterior se regirán por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, según la naturaleza de éste.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Las asociaciones a que se refiere el número 2.º del artículo anterior se regirán por las disposiciones relativas al contrato de sociedad…»?

Artículo 36 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 36

«Las asociaciones a que se refiere el número 2.º del artículo anterior se regirán por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, según la naturaleza de éste.»

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