⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 523 del Código Civil
Texto vigente
Las facultades y obligaciones del usuario y del que tiene derecho de habitación se regularán por el título constitutivo de estos derechos; y, en su defecto, por las disposiciones siguientes.
Flashcards de este artículo
Artículo 523
Las facultades y obligaciones del usuario y del que tiene derecho de habitación se regularán por el título constitutivo de estos derechos; y, en su defecto, por las disposiciones siguientes.
Las facultades y ________ del usuario y del que tiene derecho de habitación se regularán por el título constitutivo de estos derechos;
obligaciones
«Las facultades y obligaciones del usuario y del que tiene derecho de habitación se regularán por el título constitutivo de estos derechos;»
¿Qué artículo establece: «Las facultades y obligaciones del usuario y del que tiene derecho de habitación se regularán por el título constitutivo de estos derechos»?
Artículo 523
«Las facultades y obligaciones del usuario y del que tiene derecho de habitación se regularán por el título constitutivo de estos derechos;»
y, en su defecto, por las ________ siguientes.
disposiciones
«y, en su defecto, por las disposiciones siguientes.»
¿Qué artículo establece: «y, en su defecto, por las disposiciones siguientes»?
Artículo 523
«y, en su defecto, por las disposiciones siguientes.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.