Ir al generador

⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 522 del Código Civil

Texto vigente

Terminado el usufructo, se entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que compete al usufructuario o a sus herederos por los desembolsos de que deban ser reintegrados. Verificada la entrega, se cancelará la fianza o hipoteca.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 522

Artículo 522 · Código Civil
Contenido1/5

Terminado el usufructo, se entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que compete al usufructuario o a sus herederos por los desembolsos de que deban ser reintegrados. Verificada la entrega, se cancelará la fianza o hipoteca.

Completa el hueco2/5

Terminado el usufructo, se entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que compete al ________ o a sus herederos por los desembolsos de que deban ser reintegrados.

Artículo 522 · Código Civil
Respuesta2/5

usufructuario

«Terminado el usufructo, se entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que compete al usufructuario o a sus herederos por los desembolsos de que deban ser reintegrados.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Terminado el usufructo, se entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que compete al usufructuario o a sus…»?

Artículo 522 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 522

«Terminado el usufructo, se entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que compete al usufructuario o a sus herederos por los desembolsos de que deban ser reintegrados.»
Completa el hueco4/5

________ la entrega, se cancelará la fianza o hipoteca.

Artículo 522 · Código Civil
Respuesta4/5

Verificada

«Verificada la entrega, se cancelará la fianza o hipoteca.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Verificada la entrega, se cancelará la fianza o hipoteca»?

Artículo 522 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 522

«Verificada la entrega, se cancelará la fianza o hipoteca.»

Otros artículos de Sección 4.ª De los modos de extinguirse el usufructo