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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 543 del Código Civil

Texto vigente

El dueño del predio dominante podrá hacer, a su costa, en el predio sirviente las obras necesarias para el uso y conservación de la servidumbre, pero sin alterarla ni hacerla más gravosa.

Deberá elegir para ello el tiempo y la forma convenientes a fin de ocasionar la menor incomodidad posible al dueño del predio sirviente.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 543

Artículo 543 · Código Civil
Contenido1/5

El dueño del predio dominante podrá hacer, a su costa, en el predio sirviente las obras necesarias para el uso y conservación de la servidumbre, pero sin alterarla ni hacerla más gravosa. Deberá elegir para ello el tiempo y la forma convenientes a fin de ocasionar la menor incomodidad posible al dueño del predio sirviente.

Completa el hueco2/5

El dueño del predio dominante podrá hacer, a su costa, en el predio sirviente las obras necesarias para el uso y ________ de la servidumbre, pero sin alterarla ni hacerla más gravosa.

Artículo 543 · Código Civil
Respuesta2/5

conservación

«El dueño del predio dominante podrá hacer, a su costa, en el predio sirviente las obras necesarias para el uso y conservación de la servidumbre, pero sin alterarla ni hacerla más gravosa.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El dueño del predio dominante podrá hacer, a su costa, en el predio sirviente las obras necesarias para el uso y conservación…»?

Artículo 543 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 543

«El dueño del predio dominante podrá hacer, a su costa, en el predio sirviente las obras necesarias para el uso y conservación de la servidumbre, pero sin alterarla ni hacerla más gravosa.»
Completa el hueco4/5

Deberá elegir para ello el tiempo y la forma ________ a fin de ocasionar la menor incomodidad posible al dueño del predio sirviente.

Artículo 543 · Código Civil
Respuesta4/5

convenientes

«Deberá elegir para ello el tiempo y la forma convenientes a fin de ocasionar la menor incomodidad posible al dueño del predio sirviente.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Deberá elegir para ello el tiempo y la forma convenientes a fin de ocasionar la menor incomodidad posible al dueño del predio…»?

Artículo 543 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 543

«Deberá elegir para ello el tiempo y la forma convenientes a fin de ocasionar la menor incomodidad posible al dueño del predio sirviente.»

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