⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 632 del Código Civil
Texto vigente
La donación de cosa mueble podrá hacerse verbalmente o por escrito.
La verbal requiere la entrega simultánea de la cosa donada. Faltando este requisito, no surtirá efecto si no se hace por escrito y consta en la misma forma la aceptación.
Flashcards de este artículo
Artículo 632
La donación de cosa mueble podrá hacerse verbalmente o por escrito. La verbal requiere la entrega simultánea de la cosa donada. Faltando este requisito, no surtirá efecto si no se hace por escrito y consta en la misma forma la aceptación.
La donación de cosa mueble podrá hacerse ________ o por escrito.
verbalmente
«La donación de cosa mueble podrá hacerse verbalmente o por escrito.»
¿Qué artículo establece: «La donación de cosa mueble podrá hacerse verbalmente o por escrito»?
Artículo 632
«La donación de cosa mueble podrá hacerse verbalmente o por escrito.»
La verbal requiere la entrega ________ de la cosa donada.
simultánea
«La verbal requiere la entrega simultánea de la cosa donada.»
¿Qué artículo establece: «La verbal requiere la entrega simultánea de la cosa donada»?
Artículo 632
«La verbal requiere la entrega simultánea de la cosa donada.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. De las personas que pueden hacer o recibir donaciones
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.