⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 925 del Código Civil
Texto vigente
El derecho de representación tendrá siempre lugar en la línea recta descendente, pero nunca en la ascendente.
En la línea colateral sólo tendrá lugar en favor de los hijos de hermanos, bien sean de doble vínculo, bien de un solo lado.
Flashcards de este artículo
Artículo 925
El derecho de representación tendrá siempre lugar en la línea recta descendente, pero nunca en la ascendente. En la línea colateral sólo tendrá lugar en favor de los hijos de hermanos, bien sean de doble vínculo, bien de un solo lado.
El derecho de ________ tendrá siempre lugar en la línea recta descendente, pero nunca en la ascendente.
representación
«El derecho de representación tendrá siempre lugar en la línea recta descendente, pero nunca en la ascendente.»
¿Qué artículo establece: «El derecho de representación tendrá siempre lugar en la línea recta descendente, pero nunca en la ascendente»?
Artículo 925
«El derecho de representación tendrá siempre lugar en la línea recta descendente, pero nunca en la ascendente.»
En la línea ________ sólo tendrá lugar en favor de los hijos de hermanos, bien sean de doble vínculo, bien de un solo lado.
colateral
«En la línea colateral sólo tendrá lugar en favor de los hijos de hermanos, bien sean de doble vínculo, bien de un solo lado.»
¿Qué artículo establece: «En la línea colateral sólo tendrá lugar en favor de los hijos de hermanos, bien sean de doble vínculo, bien de un…»?
Artículo 925
«En la línea colateral sólo tendrá lugar en favor de los hijos de hermanos, bien sean de doble vínculo, bien de un solo lado.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.