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🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444

Artículo 15 del Código Penal

Texto vigente

Son punibles el delito consumado y la tentativa de delito.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 15

Artículo 15 · Código Penal
Contenido1/3

Son punibles el delito consumado y la tentativa de delito.

Completa el hueco2/3

Son punibles el delito ________ y la tentativa de delito.

Artículo 15 · Código Penal
Respuesta2/3

consumado

«Son punibles el delito consumado y la tentativa de delito.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Son punibles el delito consumado y la tentativa de delito»?

Artículo 15 · Código Penal
Respuesta3/3

Artículo 15

«Son punibles el delito consumado y la tentativa de delito.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 01/07/2015 por BOE-A-2015-3439.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (24/05/1996):

1. Son punibles el delito consumado y la tentativa de delito. 2. Las faltas sólo se castigarán cuando hayan sido consumadas, excepto las intentadas contra las personas o el patrimonio.

  1. Vigente desde 24/05/1996 · redacción original
  2. Vigente desde 01/07/2015 · modificado por BOE-A-2015-3439

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