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🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444

Artículo 433 ter del Código Penal

Texto vigente

A los efectos del presente Código, se entenderá por patrimonio público todo el conjunto de bienes y derechos, de contenido económico-patrimonial, pertenecientes a las Administraciones públicas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 433 ter

Artículo 433 ter · Código Penal
Contenido1/3

A los efectos del presente Código, se entenderá por patrimonio público todo el conjunto de bienes y derechos, de contenido económico-patrimonial, pertenecientes a las Administraciones públicas.

Completa el hueco2/3

A los efectos del presente Código, se entenderá por patrimonio público todo el conjunto de bienes y derechos, de contenido ________, pertenecientes a las Administraciones públicas.

Artículo 433 ter · Código Penal
Respuesta2/3

económico-patrimonial

«A los efectos del presente Código, se entenderá por patrimonio público todo el conjunto de bienes y derechos, de contenido económico-patrimonial, pertenecientes a las Administraciones públicas.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «A los efectos del presente Código, se entenderá por patrimonio público todo el conjunto de bienes y derechos, de contenido económico-patrimonial, pertenecientes…»?

Artículo 433 ter · Código Penal
Respuesta3/3

Artículo 433 ter

«A los efectos del presente Código, se entenderá por patrimonio público todo el conjunto de bienes y derechos, de contenido económico-patrimonial, pertenecientes a las Administraciones públicas.»

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