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🔒 Código Penal · BOE-A-1995-25444

Artículo 594 del Código Penal

Texto vigente

1. El español que, en tiempo de guerra, comunicare o hiciere circular noticias o rumores falsos encaminados a perjudicar el crédito del Estado o los intereses de la Nación, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años.

2. En las mismas penas incurrirá el extranjero que en el territorio español realizare cualquiera de los hechos comprendidos en el apartado anterior.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 594 (apartado 1)

Artículo 594 · Código Penal
Contenido1/5

El español que, en tiempo de guerra, comunicare o hiciere circular noticias o rumores falsos encaminados a perjudicar el crédito del Estado o los intereses de la Nación, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años.

Completa el hueco2/5

El español que, en tiempo de guerra, comunicare o hiciere circular noticias o rumores falsos encaminados a perjudicar el crédito del Estado o los intereses de la Nación, será castigado con las penas de prisión de ________ a dos años.

Artículo 594 · Código Penal
Respuesta2/5

seis meses

«El español que, en tiempo de guerra, comunicare o hiciere circular noticias o rumores falsos encaminados a perjudicar el crédito del Estado o los intereses de la Nación, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El español que, en tiempo de guerra, comunicare o hiciere circular noticias o rumores falsos encaminados a perjudicar el crédito del Estado…»?

Artículo 594 · Código Penal
Respuesta3/5

Artículo 594

«El español que, en tiempo de guerra, comunicare o hiciere circular noticias o rumores falsos encaminados a perjudicar el crédito del Estado o los intereses de la Nación, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años.»
Información4/5

Artículo 594 (apartado 2)

Artículo 594 · Código Penal
Contenido4/5

En las mismas penas incurrirá el extranjero que en el territorio español realizare cualquiera de los hechos comprendidos en el apartado anterior.

Completa el hueco5/5

En las mismas penas incurrirá el extranjero que en el territorio español realizare cualquiera de los hechos ________ en el apartado anterior.

Artículo 594 · Código Penal
Respuesta5/5

comprendidos

«En las mismas penas incurrirá el extranjero que en el territorio español realizare cualquiera de los hechos comprendidos en el apartado anterior.»

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