🏛️ Constitución Española · BOE-A-1978-31229
Artículo 43 de la Constitución Española
Texto vigente
1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Flashcards de este artículo
Artículo 43 (apartado 1)
Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las ________ y servicios necesarios.
prestaciones
«Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.»
¿Qué artículo establece: «Se reconoce el derecho a la protección de la salud»?
Artículo 43
«Se reconoce el derecho a la protección de la salud.»
Artículo 43 (apartado 2)
Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
La ley establecerá los ________ y deberes de todos al respecto.
derechos
«La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.