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🏛️ Constitución Española · BOE-A-1978-31229

Artículo 44 de la Constitución Española

Texto vigente

1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 20/05/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 44 (apartado 1)

Artículo 44 · Constitución Española
Contenido1/5

Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

Completa el hueco2/5

Los poderes ________ promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

Artículo 44 · Constitución Española
Respuesta2/5

públicos

«Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho»?

Artículo 44 · Constitución Española
Respuesta3/5

Artículo 44

«Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.»
Información4/5

Artículo 44 (apartado 2)

Artículo 44 · Constitución Española
Contenido4/5

Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

Completa el hueco5/5

Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación ________ y técnica en beneficio del interés general.

Artículo 44 · Constitución Española
Respuesta5/5

científica

«Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.»

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