🏛️ Constitución Española · BOE-A-1978-31229
Artículo 44 de la Constitución Española
Texto vigente
1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.
Flashcards de este artículo
Artículo 44 (apartado 1)
Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
Los poderes ________ promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
públicos
«Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.»
¿Qué artículo establece: «Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho»?
Artículo 44
«Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.»
Artículo 44 (apartado 2)
Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.
Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación ________ y técnica en beneficio del interés general.
científica
«Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.»
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