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📑 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común · BOE-A-2015-10565

Disposición final sexta de la Ley 39/2015Desarrollo normativo de la Ley

Texto vigente

Se faculta al Consejo de Ministros y al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley, así como para acordar las medidas necesarias para garantizar la efectiva ejecución e implantación de las previsiones de esta Ley.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 25/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición final sexta. Desarrollo normativo de la Ley

Disposición final sexta · Ley 39/2015
Contenido1/4

Se faculta al Consejo de Ministros y al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley, así como para acordar las medidas necesarias para garantizar la efectiva ejecución e implantación de las previsiones de esta Ley.

Completa el hueco2/4

Se faculta al Consejo de Ministros y al Ministro de Hacienda y ________ Públicas, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley, así como para acordar las medidas necesarias para garantizar la efectiva ejecución e implantación de las previsiones de esta Ley.

Disposición final sexta · Ley 39/2015
Respuesta2/4

Administraciones

«Se faculta al Consejo de Ministros y al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley, así como para acordar las medidas necesarias para garantizar la efectiva ejecución e implantación de las previsiones de esta Ley.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Desarrollo normativo de la Ley»?

Disposición final sexta · Ley 39/2015
Respuesta3/4

Disposición final sexta

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Se faculta al Consejo de Ministros y al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, para dictar…»?

Disposición final sexta · Ley 39/2015
Respuesta4/4

Disposición final sexta. Desarrollo normativo de la Ley

«Se faculta al Consejo de Ministros y al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley, así como para acordar las medidas necesarias para garantizar la efectiva ejecución e implantación de las previsiones de esta Ley.»

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