📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 466 de la Ley de Enjuiciamiento CivilRecursos contra la sentencia de segunda instancia
Texto vigente
Contra las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales en la segunda instancia de cualquier tipo de proceso civil podrán las partes legitimadas interponer el recurso de casación.
Flashcards de este artículo
Artículo 466. Recursos contra la sentencia de segunda instancia
Contra las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales en la segunda instancia de cualquier tipo de proceso civil podrán las partes legitimadas interponer el recurso de casación.
Contra las sentencias dictadas por las Audiencias ________ en la segunda instancia de cualquier tipo de proceso civil podrán las partes legitimadas interponer el recurso de casación.
Provinciales
«Contra las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales en la segunda instancia de cualquier tipo de proceso civil podrán las partes legitimadas interponer el recurso de casación.»
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Artículo 466. Recursos contra la sentencia de segunda instancia
«Contra las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales en la segunda instancia de cualquier tipo de proceso civil podrán las partes legitimadas interponer el recurso de casación.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. Contra las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales en la segunda instancia de cualquier tipo de proceso civil podrán las partes legitimadas optar por interponer el recurso extraordinario por infracción procesal o el recurso de casación. 2. Si se preparasen por la misma parte y contra la misma resolución los dos recursos a que se refiere el apartado anterior, se tendrá por inadmitido el recurso de casación. 3. Cuando los distintos litigantes de un mismo proceso opten, cada uno de ellos, por distinta clase de recurso extraordinario, se estará a lo dispuesto en el artículo 488 de esta Ley.
- Vigente desde 08/01/2001 · redacción original
- Vigente desde 20/03/2024 · modificado por BOE-A-2023-25758
Otros artículos de Sección 2.ª De la sustanciación de la apelación
- Artículo 458 · Interposición del recurso
- Artículo 459 · Apelación por infracción de normas o garantías procesales
- Artículo 460 · Documentos que pueden acompañarse al escrito de interposición. Solicitud de pruebas
- Artículo 461 · Traslado del escrito de interposición a la parte apelada. Oposición al recurso e impugnación de la sentencia
- Artículo 462 · Competencia del tribunal de la primera instancia durante la apelación
- Artículo 463 · Ejecución provisional de la resolución recurrida
- Artículo 464 · Admisión de pruebas y señalamiento de vista
- Artículo 465 · Resolución de la apelación
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.