Ir al generador

📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 550 de la Ley de Enjuiciamiento CivilDocumentos que han de acompañar a la demanda ejecutiva

Texto vigente

1. A la demanda ejecutiva se acompañarán:

1.º El título ejecutivo, salvo que la ejecución se funde en sentencia, decreto, acuerdo o transacción que conste en los autos. Cuando el título sea un laudo, se acompañarán, además, el convenio arbitral y los documentos acreditativos de la notificación de aquél a las partes. Cuando el título sea un acuerdo de mediación o de un medio adecuado de solución de controversias en vía extrajudicial elevado a escritura pública, se acompañará, además, copia de las actas de la sesión constitutiva y final del procedimiento.

2.º La certificación del registro electrónico de apoderamientos judiciales o referencia al número asignado por dicho registro, siempre que no conste ya en las actuaciones, cuando se pidiere la ejecución de sentencias, transacciones o acuerdos aprobados judicialmente.

3.º Los documentos que acrediten los precios o cotizaciones aplicados para el cómputo en dinero de deudas no dinerarias, cuando no se trate de datos oficiales o de público conocimiento.

4.º Los demás documentos que la ley exija para el despacho de la ejecución.

2. También podrán acompañarse a la demanda ejecutiva cuantos documentos considere el ejecutante útiles o convenientes para el mejor desarrollo de la ejecución y contengan datos de interés para despacharla.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 550. Documentos que han de acompañar a la demanda ejecutiva (apartado 1)

Artículo 550 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

A la demanda ejecutiva se acompañarán:

Completa el hueco2/5

º El título ejecutivo, salvo que la ejecución se funde en sentencia, decreto, acuerdo o ________ que conste en los autos.

Artículo 550 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

transacción

«º El título ejecutivo, salvo que la ejecución se funde en sentencia, decreto, acuerdo o transacción que conste en los autos.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Documentos que han de acompañar a la demanda ejecutiva»?

Artículo 550 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 550

Información4/5

Artículo 550. Documentos que han de acompañar a la demanda ejecutiva (apartado 2)

Artículo 550 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

º El título ejecutivo, salvo que la ejecución se funde en sentencia, decreto, acuerdo o transacción que conste en los autos. Cuando el título sea un laudo, se acompañarán, además, el convenio arbitral y los documentos acreditativos de la notificación de aquél a las partes. Cuando el título sea un acuerdo de mediación o de un medio adecuado de solución de controversias en vía extrajudicial elevado a escritura pública, se acompañará, además, copia de las actas de la sesión constitutiva y final del procedimiento.

Completa el hueco5/5

Cuando el título sea un laudo, se acompañarán, además, el convenio arbitral y los documentos ________ de la notificación de aquél a las partes.

Artículo 550 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

acreditativos

«Cuando el título sea un laudo, se acompañarán, además, el convenio arbitral y los documentos acreditativos de la notificación de aquél a las partes.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 7 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 03/04/2025 por BOE-A-2025-76.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (20/03/2024):

1. A la demanda ejecutiva se acompañarán: 1.º El título ejecutivo, salvo que la ejecución se funde en sentencia, decreto, acuerdo o transacción que conste en los autos. Cuando el título sea un laudo, se acompañarán, además, el convenio arbitral y los documentos acreditativos de la notificación de aquél a las partes. Cuando el título sea un acuerdo de mediación o de un medio adecuado de solución de controversias en vía extrajudicial elevado a escritura pública, se acompañará, además, copia de las actas de la sesión constitutiva y final del procedimiento. 2.º La certificación del registro electrónico de apoderamientos judiciales o referencia al número asignado por dicho registro, siempre que no conste ya en las actuaciones, cuando se pidiere la ejecución de sentencias, transacciones o acuerdos aprobados judicialmente. 3.º Los documentos que acrediten los precios o cotizaciones aplicados para el cómputo en dinero de deudas no dinerarias, cuando no se trate de datos oficiales o de público conocimiento. 4.º Los demás documentos que la ley exija para el despacho de la ejecución. 2. También podrán acompañarse a la demanda ejecutiva cuantos documentos considere el ejecutante útiles o convenientes para el mejor desarrollo de la ejecución y contengan datos de interés para despacharla.

  1. Vigente desde 08/01/2001 · redacción original
  2. Vigente desde 26/03/2004 · modificado por BOE-A-2003-23646
  3. Vigente desde 04/05/2010 · modificado por BOE-A-2009-17493
  4. Vigente desde 07/03/2012 · modificado por BOE-A-2012-3152
  5. Vigente desde 27/07/2012 · modificado por BOE-A-2012-9112
  6. Vigente desde 20/03/2024 · modificado por BOE-A-2023-25758
  7. Vigente desde 03/04/2025 · modificado por BOE-A-2025-76

Otros artículos de CAPÍTULO III. Del despacho de la ejecución