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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 586 de la Ley de Enjuiciamiento CivilDestino de la cantidad consignada

Texto vigente

Si el ejecutado formulare oposición, la cantidad consignada conforme al artículo anterior se depositará en el establecimiento designado para ello y el embargo seguirá en suspenso.

Si el ejecutado no formulare oposición, la cantidad consignada para evitar el embargo se entregará al ejecutante sin perjuicio de la posterior liquidación de intereses y costas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 586. Destino de la cantidad consignada

Artículo 586 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

Si el ejecutado formulare oposición, la cantidad consignada conforme al artículo anterior se depositará en el establecimiento designado para ello y el embargo seguirá en suspenso. Si el ejecutado no formulare oposición, la cantidad consignada para evitar el embargo se entregará al ejecutante sin perjuicio de la posterior liquidación de intereses y costas.

Completa el hueco2/5

Si el ejecutado formulare oposición, la cantidad consignada conforme al artículo anterior se depositará en el ________ designado para ello y el embargo seguirá en suspenso.

Artículo 586 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

establecimiento

«Si el ejecutado formulare oposición, la cantidad consignada conforme al artículo anterior se depositará en el establecimiento designado para ello y el embargo seguirá en suspenso.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Destino de la cantidad consignada»?

Artículo 586 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 586

Completa el hueco4/5

Si el ejecutado no formulare oposición, la cantidad consignada para evitar el embargo se entregará al ejecutante sin perjuicio de la posterior ________ de intereses y costas.

Artículo 586 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta4/5

liquidación

«Si el ejecutado no formulare oposición, la cantidad consignada para evitar el embargo se entregará al ejecutante sin perjuicio de la posterior liquidación de intereses y costas.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Si el ejecutado formulare oposición, la cantidad consignada conforme al artículo anterior se depositará en el establecimiento designado para ello y el…»?

Artículo 586 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

Artículo 586. Destino de la cantidad consignada

«Si el ejecutado formulare oposición, la cantidad consignada conforme al artículo anterior se depositará en el establecimiento designado para ello y el embargo seguirá en suspenso.»

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