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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 82 de la Ley de Enjuiciamiento CivilDesestimación inicial de la solicitud de acumulación de procesos

Texto vigente

El tribunal por medio de auto rechazará la solicitud de acumulación cuando no contenga los datos exigidos en el artículo anterior o cuando, según lo que consigne dicha solicitud, la acumulación no fuere procedente por razón de la clase y tipo de los procesos, de su estado procesal y demás requisitos procesales establecidos en los artículos anteriores.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 82. Desestimación inicial de la solicitud de acumulación de procesos

Artículo 82 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/4

El tribunal por medio de auto rechazará la solicitud de acumulación cuando no contenga los datos exigidos en el artículo anterior o cuando, según lo que consigne dicha solicitud, la acumulación no fuere procedente por razón de la clase y tipo de los procesos, de su estado procesal y demás requisitos procesales establecidos en los artículos anteriores.

Completa el hueco2/4

El tribunal por medio de auto rechazará la solicitud de ________ cuando no contenga los datos exigidos en el artículo anterior o cuando, según lo que consigne dicha solicitud, la acumulación no fuere procedente por razón de la clase y tipo de los procesos, de su estado procesal y demás requisitos procesales establecidos en los artículos anteriores.

Artículo 82 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/4

acumulación

«El tribunal por medio de auto rechazará la solicitud de acumulación cuando no contenga los datos exigidos en el artículo anterior o cuando, según lo que consigne dicha solicitud, la acumulación no fuere procedente por razón de la clase y tipo de los procesos, de su estado procesal y demás requisitos procesales establecidos en los artículos anteriores.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Desestimación inicial de la solicitud de acumulación de procesos»?

Artículo 82 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/4

Artículo 82

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «El tribunal por medio de auto rechazará la solicitud de acumulación cuando no contenga los datos exigidos en el artículo anterior o…»?

Artículo 82 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta4/4

Artículo 82. Desestimación inicial de la solicitud de acumulación de procesos

«El tribunal por medio de auto rechazará la solicitud de acumulación cuando no contenga los datos exigidos en el artículo anterior o cuando, según lo que consigne dicha solicitud, la acumulación no fuere procedente por razón de la clase y tipo de los procesos, de su estado procesal y demás requisitos procesales establecidos en los artículos anteriores.»

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