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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 203 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Las sentencias se dictarán y firmarán dentro de los tres días siguientes al en que se hubiese celebrado la vista del incidente o se hubiese terminado el juicio.

Se exceptúan las sentencias en los juicios sobre faltas, las cuales habrán de dictarse en el mismo día o al siguiente.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 203

Artículo 203 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

Las sentencias se dictarán y firmarán dentro de los tres días siguientes al en que se hubiese celebrado la vista del incidente o se hubiese terminado el juicio. Se exceptúan las sentencias en los juicios sobre faltas, las cuales habrán de dictarse en el mismo día o al siguiente.

Completa el hueco2/5

Las sentencias se dictarán y firmarán dentro de los ________ siguientes al en que se hubiese celebrado la vista del incidente o se hubiese terminado el juicio.

Artículo 203 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

tres días

«Las sentencias se dictarán y firmarán dentro de los tres días siguientes al en que se hubiese celebrado la vista del incidente o se hubiese terminado el juicio.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Las sentencias se dictarán y firmarán dentro de los tres días siguientes al en que se hubiese celebrado la vista del incidente…»?

Artículo 203 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 203

«Las sentencias se dictarán y firmarán dentro de los tres días siguientes al en que se hubiese celebrado la vista del incidente o se hubiese terminado el juicio.»
Completa el hueco4/5

Se exceptúan las ________ en los juicios sobre faltas, las cuales habrán de dictarse en el mismo día o al siguiente.

Artículo 203 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

sentencias

«Se exceptúan las sentencias en los juicios sobre faltas, las cuales habrán de dictarse en el mismo día o al siguiente.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Se exceptúan las sentencias en los juicios sobre faltas, las cuales habrán de dictarse en el mismo día o al siguiente»?

Artículo 203 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 203

«Se exceptúan las sentencias en los juicios sobre faltas, las cuales habrán de dictarse en el mismo día o al siguiente.»

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