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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 268 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

El Juez, Tribunal, autoridad o funcionario que recibieren una denuncia verbal o escrita harán constar por la cédula personal o por otros medios que reputen suficientes, la identidad de la persona del denunciador.

Si éste lo exigiere, le darán un resguardo de haber formalizado la denuncia.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 268

Artículo 268 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

El Juez, Tribunal, autoridad o funcionario que recibieren una denuncia verbal o escrita harán constar por la cédula personal o por otros medios que reputen suficientes, la identidad de la persona del denunciador. Si éste lo exigiere, le darán un resguardo de haber formalizado la denuncia.

Completa el hueco2/5

El Juez, Tribunal, autoridad o ________ que recibieren una denuncia verbal o escrita harán constar por la cédula personal o por otros medios que reputen suficientes, la identidad de la persona del denunciador.

Artículo 268 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

funcionario

«El Juez, Tribunal, autoridad o funcionario que recibieren una denuncia verbal o escrita harán constar por la cédula personal o por otros medios que reputen suficientes, la identidad de la persona del denunciador.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El Juez, Tribunal, autoridad o funcionario que recibieren una denuncia verbal o escrita harán constar por la cédula personal o por otros…»?

Artículo 268 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 268

«El Juez, Tribunal, autoridad o funcionario que recibieren una denuncia verbal o escrita harán constar por la cédula personal o por otros medios que reputen suficientes, la identidad de la persona del denunciador.»
Completa el hueco4/5

Si éste lo exigiere, le darán un resguardo de haber ________ la denuncia.

Artículo 268 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

formalizado

«Si éste lo exigiere, le darán un resguardo de haber formalizado la denuncia.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Si éste lo exigiere, le darán un resguardo de haber formalizado la denuncia»?

Artículo 268 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 268

«Si éste lo exigiere, le darán un resguardo de haber formalizado la denuncia.»

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