🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 321 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Los Jueces de instrucción formarán el sumario ante sus Secretarios.
En casos urgentes y extraordinarios, faltando éstos, podrán proceder con la intervención de un Notario o de dos hombres buenos mayores de edad, que sepan leer y escribir, los cuales jurarán guardar fidelidad y secreto.
Flashcards de este artículo
Artículo 321
Los Jueces de instrucción formarán el sumario ante sus Secretarios. En casos urgentes y extraordinarios, faltando éstos, podrán proceder con la intervención de un Notario o de dos hombres buenos mayores de edad, que sepan leer y escribir, los cuales jurarán guardar fidelidad y secreto.
Los Jueces de ________ formarán el sumario ante sus Secretarios.
instrucción
«Los Jueces de instrucción formarán el sumario ante sus Secretarios.»
¿Qué artículo establece: «Los Jueces de instrucción formarán el sumario ante sus Secretarios»?
Artículo 321
«Los Jueces de instrucción formarán el sumario ante sus Secretarios.»
En casos urgentes y extraordinarios, faltando éstos, podrán proceder con la intervención de un Notario o de ________ hombres buenos mayores de edad, que sepan leer y escribir, los cuales jurarán guardar fidelidad y secreto.
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«En casos urgentes y extraordinarios, faltando éstos, podrán proceder con la intervención de un Notario o de dos hombres buenos mayores de edad, que sepan leer y escribir, los cuales jurarán guardar fidelidad y secreto.»
¿Qué artículo establece: «En casos urgentes y extraordinarios, faltando éstos, podrán proceder con la intervención de un Notario o de dos hombres buenos mayores de…»?
Artículo 321
«En casos urgentes y extraordinarios, faltando éstos, podrán proceder con la intervención de un Notario o de dos hombres buenos mayores de edad, que sepan leer y escribir, los cuales jurarán guardar fidelidad y secreto.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.