🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 578 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Si el libro que haya de ser objeto del registro fuere el protocolo de un Notario, se procederá con arreglo a lo dispuesto en la Ley del Notariado.
Si se tratare de un libro del Registro de la Propiedad, se estará a lo ordenado en la Ley Hipotecaria.
Si se tratare de un libro del Registro Civil o Mercantil se estará a lo que se disponga en la Ley y Reglamentos relativos a estos servicios.
Flashcards de este artículo
Artículo 578
Si el libro que haya de ser objeto del registro fuere el protocolo de un Notario, se procederá con arreglo a lo dispuesto en la Ley del Notariado. Si se tratare de un libro del Registro de la Propiedad, se estará a lo ordenado en la Ley Hipotecaria. Si se tratare de un libro del Registro Civil o Mercantil se estará a lo que se disponga en la Ley y Reglamentos relativos a estos servicios.
Si el libro que haya de ser objeto del registro fuere el ________ de un Notario, se procederá con arreglo a lo dispuesto en la Ley del Notariado.
protocolo
«Si el libro que haya de ser objeto del registro fuere el protocolo de un Notario, se procederá con arreglo a lo dispuesto en la Ley del Notariado.»
¿Qué artículo establece: «Si el libro que haya de ser objeto del registro fuere el protocolo de un Notario, se procederá con arreglo a lo…»?
Artículo 578
«Si el libro que haya de ser objeto del registro fuere el protocolo de un Notario, se procederá con arreglo a lo dispuesto en la Ley del Notariado.»
Si se tratare de un libro del ________ de la Propiedad, se estará a lo ordenado en la Ley Hipotecaria.
Registro
«Si se tratare de un libro del Registro de la Propiedad, se estará a lo ordenado en la Ley Hipotecaria.»
¿Qué artículo establece: «Si se tratare de un libro del Registro de la Propiedad, se estará a lo ordenado en la Ley Hipotecaria»?
Artículo 578
«Si se tratare de un libro del Registro de la Propiedad, se estará a lo ordenado en la Ley Hipotecaria.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.