🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 588 ter e de la Ley de Enjuiciamiento CriminalDeber de colaboración
Texto vigente
1. Todos los prestadores de servicios de telecomunicaciones, de acceso a una red de telecomunicaciones o de servicios de la sociedad de la información, así como toda persona que de cualquier modo contribuya a facilitar las comunicaciones a través del teléfono o de cualquier otro medio o sistema de comunicación telemática, lógica o virtual, están obligados a prestar al juez, al Ministerio Fiscal y a los agentes de la Policía Judicial designados para la práctica de la medida la asistencia y colaboración precisas para facilitar el cumplimiento de los autos de intervención de las telecomunicaciones.
2. Los sujetos requeridos para prestar colaboración tendrán la obligación de guardar secreto acerca de las actividades requeridas por las autoridades.
3. Los sujetos obligados que incumplieren los anteriores deberes podrán incurrir en delito de desobediencia.
Flashcards de este artículo
Artículo 588 ter e. Deber de colaboración (apartado 1)
Todos los prestadores de servicios de telecomunicaciones, de acceso a una red de telecomunicaciones o de servicios de la sociedad de la información, así como toda persona que de cualquier modo contribuya a facilitar las comunicaciones a través del teléfono o de cualquier otro medio o sistema de comunicación telemática, lógica o virtual, están obligados a prestar al juez, al Ministerio Fiscal y a los agentes de la Policía Judicial designados para la práctica de la medida la asistencia y colaboración precisas para facilitar el cumplimiento de los autos de intervención de las telecomunicaciones.
Los sujetos requeridos para prestar ________ tendrán la obligación de guardar secreto acerca de las actividades requeridas por las autoridades.
colaboración
«Los sujetos requeridos para prestar colaboración tendrán la obligación de guardar secreto acerca de las actividades requeridas por las autoridades.»
¿Qué artículo lleva por título «Deber de colaboración»?
Artículo 588 ter e. Deber de colaboración (apartado 2)
Los sujetos requeridos para prestar colaboración tendrán la obligación de guardar secreto acerca de las actividades requeridas por las autoridades.
Los sujetos obligados que incumplieren los anteriores deberes podrán incurrir en delito de ________.
desobediencia
«Los sujetos obligados que incumplieren los anteriores deberes podrán incurrir en delito de desobediencia.»
Otros artículos de Sección 1.ª Disposiciones generales
- Artículo 588 ter a · Presupuestos
- Artículo 588 ter b · Ámbito
- Artículo 588 ter c · Afectación a tercero
- Artículo 588 ter d · Solicitud de autorización judicial
- Artículo 588 ter f · Control de la medida
- Artículo 588 ter g · Duración
- Artículo 588 ter h · Solicitud de prórroga
- Artículo 588 ter i · Acceso de las partes a las grabaciones
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.