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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 620 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Lo dispuesto en los artículos anteriores se observará también respecto a cualquier pretensión que tuviere por objeto la restitución a su dueño de alguno de los efectos e instrumentos del delito que se hallaren en poder de un tercero.

La restitución a su dueño de los instrumentos y objetos del delito no podrá verificarse en ningún caso hasta después que se haya celebrado el juicio oral, excepto en el previsto en el artículo 844 de esta Ley.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 620

Artículo 620 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

Lo dispuesto en los artículos anteriores se observará también respecto a cualquier pretensión que tuviere por objeto la restitución a su dueño de alguno de los efectos e instrumentos del delito que se hallaren en poder de un tercero. La restitución a su dueño de los instrumentos y objetos del delito no podrá verificarse en ningún caso hasta después que se haya celebrado el juicio oral, excepto en el previsto en el artículo 844 de esta Ley.

Completa el hueco2/5

Lo dispuesto en los artículos anteriores se observará también respecto a cualquier pretensión que tuviere por objeto la restitución a su dueño de alguno de los efectos e ________ del delito que se hallaren en poder de un tercero.

Artículo 620 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

instrumentos

«Lo dispuesto en los artículos anteriores se observará también respecto a cualquier pretensión que tuviere por objeto la restitución a su dueño de alguno de los efectos e instrumentos del delito que se hallaren en poder de un tercero.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Lo dispuesto en los artículos anteriores se observará también respecto a cualquier pretensión que tuviere por objeto la restitución a su dueño…»?

Artículo 620 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 620

«Lo dispuesto en los artículos anteriores se observará también respecto a cualquier pretensión que tuviere por objeto la restitución a su dueño de alguno de los efectos e instrumentos del delito que se hallaren en poder de un tercero.»
Completa el hueco4/5

La restitución a su dueño de los ________ y objetos del delito no podrá verificarse en ningún caso hasta después que se haya celebrado el juicio oral, excepto en el previsto en el artículo 844 de esta Ley.

Artículo 620 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

instrumentos

«La restitución a su dueño de los instrumentos y objetos del delito no podrá verificarse en ningún caso hasta después que se haya celebrado el juicio oral, excepto en el previsto en el artículo 844 de esta Ley.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «La restitución a su dueño de los instrumentos y objetos del delito no podrá verificarse en ningún caso hasta después que se…»?

Artículo 620 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 620

«La restitución a su dueño de los instrumentos y objetos del delito no podrá verificarse en ningún caso hasta después que se haya celebrado el juicio oral, excepto en el previsto en el artículo 844 de esta Ley.»

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