🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 674 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
En el día siguiente al de la vista, el Tribunal dictará auto resolviendo sobre las cuestiones propuestas.
Si una de ellas fuere la de declinatoria de jurisdicción, el Tribunal la resolverá antes que las demás.
Cuando la estime procedente, mandará remitir los autos al Tribunal o Juez que considere competente, y se abstendrá de resolver sobre las demás.
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Artículo 674
En el día siguiente al de la vista, el Tribunal dictará auto resolviendo sobre las cuestiones propuestas. Si una de ellas fuere la de declinatoria de jurisdicción, el Tribunal la resolverá antes que las demás. Cuando la estime procedente, mandará remitir los autos al Tribunal o Juez que considere competente, y se abstendrá de resolver sobre las demás.
En el día siguiente al de la vista, el Tribunal dictará auto resolviendo sobre las ________ propuestas.
cuestiones
«En el día siguiente al de la vista, el Tribunal dictará auto resolviendo sobre las cuestiones propuestas.»
¿Qué artículo establece: «En el día siguiente al de la vista, el Tribunal dictará auto resolviendo sobre las cuestiones propuestas»?
Artículo 674
«En el día siguiente al de la vista, el Tribunal dictará auto resolviendo sobre las cuestiones propuestas.»
Si una de ellas fuere la de ________ de jurisdicción, el Tribunal la resolverá antes que las demás.
declinatoria
«Si una de ellas fuere la de declinatoria de jurisdicción, el Tribunal la resolverá antes que las demás.»
¿Qué artículo establece: «Si una de ellas fuere la de declinatoria de jurisdicción, el Tribunal la resolverá antes que las demás»?
Artículo 674
«Si una de ellas fuere la de declinatoria de jurisdicción, el Tribunal la resolverá antes que las demás.»
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