🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 678 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Las partes podrán reproducir en el juicio oral, como medios de defensa, las cuestiones previas que se hubiesen desestimado, excepto la de declinatoria.
Lo anterior no será de aplicación en las causas competencia del Tribunal del Jurado sin perjuicio de lo que pueda alegarse al recurrir contra la sentencia.
Flashcards de este artículo
Artículo 678
Las partes podrán reproducir en el juicio oral, como medios de defensa, las cuestiones previas que se hubiesen desestimado, excepto la de declinatoria. Lo anterior no será de aplicación en las causas competencia del Tribunal del Jurado sin perjuicio de lo que pueda alegarse al recurrir contra la sentencia.
Las partes podrán reproducir en el juicio oral, como medios de defensa, las cuestiones previas que se hubiesen desestimado, excepto la de ________.
declinatoria
«Las partes podrán reproducir en el juicio oral, como medios de defensa, las cuestiones previas que se hubiesen desestimado, excepto la de declinatoria.»
¿Qué artículo establece: «Las partes podrán reproducir en el juicio oral, como medios de defensa, las cuestiones previas que se hubiesen desestimado, excepto la de…»?
Artículo 678
«Las partes podrán reproducir en el juicio oral, como medios de defensa, las cuestiones previas que se hubiesen desestimado, excepto la de declinatoria.»
Lo anterior no será de aplicación en las causas ________ del Tribunal del Jurado sin perjuicio de lo que pueda alegarse al recurrir contra la sentencia.
competencia
«Lo anterior no será de aplicación en las causas competencia del Tribunal del Jurado sin perjuicio de lo que pueda alegarse al recurrir contra la sentencia.»
¿Qué artículo establece: «Lo anterior no será de aplicación en las causas competencia del Tribunal del Jurado sin perjuicio de lo que pueda alegarse al…»?
Artículo 678
«Lo anterior no será de aplicación en las causas competencia del Tribunal del Jurado sin perjuicio de lo que pueda alegarse al recurrir contra la sentencia.»
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