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👩‍⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666

Artículo 178 de la LOPJ

Texto vigente

1. En el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia existirá una Secretaría de Gobierno, dependiente del Secretario de Gobierno respectivo, que estará auxiliado por el personal al servicio de la Administración de Justicia que determine la correspondiente relación de puestos de trabajo.

2. En estos tribunales podrá existir, además, un Vicesecretario de Gobierno.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 178 (apartado 1)

Artículo 178 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido1/5

En el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia existirá una Secretaría de Gobierno, dependiente del Secretario de Gobierno respectivo, que estará auxiliado por el personal al servicio de la Administración de Justicia que determine la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Completa el hueco2/5

En el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia existirá una Secretaría de Gobierno, ________ del Secretario de Gobierno respectivo, que estará auxiliado por el personal al servicio de la Administración de Justicia que determine la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Artículo 178 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta2/5

dependiente

«En el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia existirá una Secretaría de Gobierno, dependiente del Secretario de Gobierno respectivo, que estará auxiliado por el personal al servicio de la Administración de Justicia que determine la correspondiente relación de puestos de trabajo.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «En el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia existirá una Secretaría de Gobierno, dependiente del Secretario de Gobierno respectivo…»?

Artículo 178 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta3/5

Artículo 178

«En el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia existirá una Secretaría de Gobierno, dependiente del Secretario de Gobierno respectivo, que estará auxiliado por el personal al servicio de la Administración de Justicia que determine la correspondiente relación de puestos de trabajo.»
Información4/5

Artículo 178 (apartado 2)

Artículo 178 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Contenido4/5

En estos tribunales podrá existir, además, un Vicesecretario de Gobierno.

Completa el hueco5/5

En estos tribunales podrá existir, además, un ________ de Gobierno.

Artículo 178 · Ley Orgánica del Poder Judicial
Respuesta5/5

Vicesecretario

«En estos tribunales podrá existir, además, un Vicesecretario de Gobierno.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 15/01/2004 por BOE-A-2003-23644.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (03/07/1985):

1. En el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia existirá una Secretaría de Gobierno, desempeñada por un Secretario, dependiente del Secretario de Gobierno respectivo, que estará auxiliado por los Oficiales, Auxiliares y Agentes el personal al servicio de la Administración de Justicia que fije determine la plantilla. correspondiente relación de puestos de trabajo. 2. En el Tribunal Supremo habrá, estos tribunales podrá existir, además, un Vicesecretario de Gobierno.

  1. Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
  2. Vigente desde 15/01/2004 · modificado por BOE-A-2003-23644