👩⚖️ Ley Orgánica del Poder Judicial · BOE-A-1985-12666
Artículo 63 de la LOPJ
Texto vigente
1. La Audiencia Nacional se compondrá de su Presidente, los Presidentes de Sala y los magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones.
2. El Presidente de la Audiencia Nacional, que tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Supremo, es el Presidente nato de todas sus Salas.
Flashcards de este artículo
Artículo 63 (apartado 1)
La Audiencia Nacional se compondrá de su Presidente, los Presidentes de Sala y los magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones.
La Audiencia Nacional se compondrá de su Presidente, los ________ de Sala y los magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones.
Presidentes
«La Audiencia Nacional se compondrá de su Presidente, los Presidentes de Sala y los magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones.»
¿Qué artículo establece: «La Audiencia Nacional se compondrá de su Presidente, los Presidentes de Sala y los magistrados que determine la ley para cada una…»?
Artículo 63
«La Audiencia Nacional se compondrá de su Presidente, los Presidentes de Sala y los magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones.»
Artículo 63 (apartado 2)
El Presidente de la Audiencia Nacional, que tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Supremo, es el Presidente nato de todas sus Salas.
El ________ de la Audiencia Nacional, que tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Supremo, es el Presidente nato de todas sus Salas.
Presidente
«El Presidente de la Audiencia Nacional, que tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Supremo, es el Presidente nato de todas sus Salas.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. La Audiencia Nacional se compondrá de su Presidente, los Presidentes de Sala y los Magistrados magistrados que determine la ley para cada una de sus Salas y Secciones. 2. El Presidente de la Audiencia Nacional, que tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Supremo, y los Presidentes de Sala, la categoría es el Presidente nato de Magistrado del Tribunal Supremo. todas sus Salas.
- Vigente desde 03/07/1985 · redacción original
- Vigente desde 15/01/2004 · modificado por BOE-A-2003-23644
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.