⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1069 del Código Civil
Texto vigente
Hecha la partición, los coherederos estarán recíprocamente obligados a la evicción y saneamiento de los bienes adjudicados.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 1069
Artículo 1069 · Código Civil
Contenido1/3
Hecha la partición, los coherederos estarán recíprocamente obligados a la evicción y saneamiento de los bienes adjudicados.
Completa el hueco2/3
Hecha la partición, los coherederos estarán ________ obligados a la evicción y saneamiento de los bienes adjudicados.
Artículo 1069 · Código Civil
Respuesta2/3
recíprocamente
«Hecha la partición, los coherederos estarán recíprocamente obligados a la evicción y saneamiento de los bienes adjudicados.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «Hecha la partición, los coherederos estarán recíprocamente obligados a la evicción y saneamiento de los bienes adjudicados»?
Artículo 1069 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 1069
«Hecha la partición, los coherederos estarán recíprocamente obligados a la evicción y saneamiento de los bienes adjudicados.»
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