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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1287 del Código Civil

Texto vigente

El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1287

Artículo 1287 · Código Civil
Contenido1/3

El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse.

Completa el hueco2/3

El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ________ de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse.

Artículo 1287 · Código Civil
Respuesta2/3

ambigüedades

«El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la…»?

Artículo 1287 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1287

«El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse.»

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