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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1476 del Código Civil

Texto vigente

Será nulo todo pacto que exima al vendedor de responder de la evicción, siempre que hubiere mala fe de su parte.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1476

Artículo 1476 · Código Civil
Contenido1/3

Será nulo todo pacto que exima al vendedor de responder de la evicción, siempre que hubiere mala fe de su parte.

Completa el hueco2/3

Será nulo todo pacto que exima al ________ de responder de la evicción, siempre que hubiere mala fe de su parte.

Artículo 1476 · Código Civil
Respuesta2/3

vendedor

«Será nulo todo pacto que exima al vendedor de responder de la evicción, siempre que hubiere mala fe de su parte.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Será nulo todo pacto que exima al vendedor de responder de la evicción, siempre que hubiere mala fe de su parte»?

Artículo 1476 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1476

«Será nulo todo pacto que exima al vendedor de responder de la evicción, siempre que hubiere mala fe de su parte.»

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