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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1478 del Código Civil

Texto vigente

Cuando se haya estipulado el saneamiento o cuando nada se haya pactado sobre este punto, si la evicción se ha realizado, tendrá el comprador derecho a exigir del vendedor:

1.º La restitución del precio que tuviere la cosa vendida al tiempo de la evicción, ya sea mayor o menor que el de la venta.

2.º Los frutos o rendimientos, si se le hubiere condenado a entregarlos al que le haya vencido en juicio.

3.º Las costas del pleito que haya motivado la evicción y, en su caso, las del seguido con el vendedor para el saneamiento.

4.º Los gastos del contrato, si los hubiese pagado el comprador.

5.º Los daños e intereses y los gastos voluntarios o de puro recreo u ornato, si se vendió de mala fe.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 1478 (apartado 1)

Artículo 1478 · Código Civil
Contenido1/5

Cuando se haya estipulado el saneamiento o cuando nada se haya pactado sobre este punto, si la evicción se ha realizado, tendrá el comprador derecho a exigir del vendedor:

Completa el hueco2/5

Cuando se haya estipulado el ________ o cuando nada se haya pactado sobre este punto, si la evicción se ha realizado, tendrá el comprador derecho a exigir del vendedor:

Artículo 1478 · Código Civil
Respuesta2/5

saneamiento

«Cuando se haya estipulado el saneamiento o cuando nada se haya pactado sobre este punto, si la evicción se ha realizado, tendrá el comprador derecho a exigir del vendedor:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Cuando se haya estipulado el saneamiento o cuando nada se haya pactado sobre este punto, si la evicción se ha realizado, tendrá…»?

Artículo 1478 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1478

«Cuando se haya estipulado el saneamiento o cuando nada se haya pactado sobre este punto, si la evicción se ha realizado, tendrá el comprador derecho a exigir del vendedor:»
Información4/5

Artículo 1478 (apartado 2)

Artículo 1478 · Código Civil
Contenido4/5

º La restitución del precio que tuviere la cosa vendida al tiempo de la evicción, ya sea mayor o menor que el de la venta.

Completa el hueco5/5

º Los frutos o ________, si se le hubiere condenado a entregarlos al que le haya vencido en juicio.

Artículo 1478 · Código Civil
Respuesta5/5

rendimientos

«º Los frutos o rendimientos, si se le hubiere condenado a entregarlos al que le haya vencido en juicio.»

Otros artículos de § 1.º Del saneamiento en caso de evicción