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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1670 del Código Civil

Texto vigente

Las sociedades civiles, por el objeto a que se consagren, pueden revestir todas las formas reconocidas por el Código de Comercio. En tal caso, les serán aplicables sus disposiciones en cuanto no se opongan a las del presente Código.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 1670

Artículo 1670 · Código Civil
Contenido1/5

Las sociedades civiles, por el objeto a que se consagren, pueden revestir todas las formas reconocidas por el Código de Comercio. En tal caso, les serán aplicables sus disposiciones en cuanto no se opongan a las del presente Código.

Completa el hueco2/5

Las sociedades civiles, por el objeto a que se consagren, pueden revestir todas las formas ________ por el Código de Comercio.

Artículo 1670 · Código Civil
Respuesta2/5

reconocidas

«Las sociedades civiles, por el objeto a que se consagren, pueden revestir todas las formas reconocidas por el Código de Comercio.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Las sociedades civiles, por el objeto a que se consagren, pueden revestir todas las formas reconocidas por el Código de Comercio»?

Artículo 1670 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1670

«Las sociedades civiles, por el objeto a que se consagren, pueden revestir todas las formas reconocidas por el Código de Comercio.»
Completa el hueco4/5

En tal caso, les serán aplicables sus ________ en cuanto no se opongan a las del presente Código.

Artículo 1670 · Código Civil
Respuesta4/5

disposiciones

«En tal caso, les serán aplicables sus disposiciones en cuanto no se opongan a las del presente Código.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «En tal caso, les serán aplicables sus disposiciones en cuanto no se opongan a las del presente Código»?

Artículo 1670 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 1670

«En tal caso, les serán aplicables sus disposiciones en cuanto no se opongan a las del presente Código.»

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