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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 339 del Código Civil

Texto vigente

Son bienes de dominio público:

1.º Los destinados al uso público, como los caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes construidos por el Estado, las riberas, playas, radas y otros análogos.

2.º Los que pertenecen privativamente al Estado, sin ser de uso común, y están destinados a algún servicio público o al fomento de la riqueza nacional, como las murallas, fortalezas y demás obras de defensa del territorio, y las minas, mientras que no se otorgue su concesión.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 339 (apartado 1)

Artículo 339 · Código Civil
Contenido1/5

Son bienes de dominio público:

Completa el hueco2/5

º Los destinados al uso público, como los caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes ________ por el Estado, las riberas, playas, radas y otros análogos.

Artículo 339 · Código Civil
Respuesta2/5

construidos

«º Los destinados al uso público, como los caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes construidos por el Estado, las riberas, playas, radas y otros análogos.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «º Los destinados al uso público, como los caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes construidos por el Estado, las riberas, playas…»?

Artículo 339 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 339

«º Los destinados al uso público, como los caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes construidos por el Estado, las riberas, playas, radas y otros análogos.»
Información4/5

Artículo 339 (apartado 2)

Artículo 339 · Código Civil
Contenido4/5

º Los destinados al uso público, como los caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes construidos por el Estado, las riberas, playas, radas y otros análogos.

Completa el hueco5/5

º Los que pertenecen ________ al Estado, sin ser de uso común, y están destinados a algún servicio público o al fomento de la riqueza nacional, como las murallas, fortalezas y demás obras de defensa del territorio, y las minas, mientras que no se otorgue su concesión.

Artículo 339 · Código Civil
Respuesta5/5

privativamente

«º Los que pertenecen privativamente al Estado, sin ser de uso común, y están destinados a algún servicio público o al fomento de la riqueza nacional, como las murallas, fortalezas y demás obras de defensa del territorio, y las minas, mientras que no se otorgue su concesión.»

Otros artículos de CAPÍTULO III. De los bienes según las personas a que pertenecen