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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 341 del Código Civil

Texto vigente

Los bienes de dominio público, cuando dejen de estar destinados al uso general o a las necesidades de la defensa del territorio, pasan a formar parte de los bienes de propiedad del Estado.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 341

Artículo 341 · Código Civil
Contenido1/3

Los bienes de dominio público, cuando dejen de estar destinados al uso general o a las necesidades de la defensa del territorio, pasan a formar parte de los bienes de propiedad del Estado.

Completa el hueco2/3

Los bienes de dominio público, cuando dejen de estar destinados al uso general o a las ________ de la defensa del territorio, pasan a formar parte de los bienes de propiedad del Estado.

Artículo 341 · Código Civil
Respuesta2/3

necesidades

«Los bienes de dominio público, cuando dejen de estar destinados al uso general o a las necesidades de la defensa del territorio, pasan a formar parte de los bienes de propiedad del Estado.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Los bienes de dominio público, cuando dejen de estar destinados al uso general o a las necesidades de la defensa del territorio…»?

Artículo 341 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 341

«Los bienes de dominio público, cuando dejen de estar destinados al uso general o a las necesidades de la defensa del territorio, pasan a formar parte de los bienes de propiedad del Estado.»

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