⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 531 del Código Civil
Texto vigente
También pueden establecerse servidumbres en provecho de una o más personas, o de una comunidad, a quienes no pertenezca la finca gravada.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 531
Artículo 531 · Código Civil
Contenido1/3
También pueden establecerse servidumbres en provecho de una o más personas, o de una comunidad, a quienes no pertenezca la finca gravada.
Completa el hueco2/3
También pueden establecerse ________ en provecho de una o más personas, o de una comunidad, a quienes no pertenezca la finca gravada.
Artículo 531 · Código Civil
Respuesta2/3
servidumbres
«También pueden establecerse servidumbres en provecho de una o más personas, o de una comunidad, a quienes no pertenezca la finca gravada.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «También pueden establecerse servidumbres en provecho de una o más personas, o de una comunidad, a quienes no pertenezca la finca gravada»?
Artículo 531 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 531
«También pueden establecerse servidumbres en provecho de una o más personas, o de una comunidad, a quienes no pertenezca la finca gravada.»
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