⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 982 del Código Civil
Texto vigente
Para que en la sucesión testamentaria tenga lugar el derecho de acrecer, se requiere:
1.º Que dos o más sean llamados a una misma herencia, o a una misma porción de ella, sin especial designación de partes.
2.º Que uno de los llamados muera antes que el testador, o que renuncie la herencia, o sea incapaz de recibirla.
Flashcards de este artículo
Artículo 982 (apartado 1)
Para que en la sucesión testamentaria tenga lugar el derecho de acrecer, se requiere:
º Que ________ o más sean llamados a una misma herencia, o a una misma porción de ella, sin especial designación de partes.
dos
«º Que dos o más sean llamados a una misma herencia, o a una misma porción de ella, sin especial designación de partes.»
¿Qué artículo establece: «Para que en la sucesión testamentaria tenga lugar el derecho de acrecer, se requiere»?
Artículo 982
«Para que en la sucesión testamentaria tenga lugar el derecho de acrecer, se requiere:»
Artículo 982 (apartado 2)
º Que dos o más sean llamados a una misma herencia, o a una misma porción de ella, sin especial designación de partes.
º Que uno de los ________ muera antes que el testador, o que renuncie la herencia, o sea incapaz de recibirla.
llamados
«º Que uno de los llamados muera antes que el testador, o que renuncie la herencia, o sea incapaz de recibirla.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.