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🗂️ Estatuto Básico del Empleado Público · BOE-A-2015-11719

Artículo 93 del EBEPResponsabilidad disciplinaria

Texto vigente

1. Los funcionarios públicos y el personal laboral quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el presente título y en las normas que las leyes de Función Pública dicten en desarrollo de este Estatuto.

2. Los funcionarios públicos o el personal laboral que indujeren a otros a la realización de actos o conductas constitutivos de falta disciplinaria incurrirán en la misma responsabilidad que éstos.

3. Igualmente, incurrirán en responsabilidad los funcionarios públicos o personal laboral que encubrieren las faltas consumadas muy graves o graves, cuando de dichos actos se derive daño grave para la Administración o los ciudadanos.

4. El régimen disciplinario del personal laboral se regirá, en lo no previsto en el presente título, por la legislación laboral.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 08/07/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 93. Responsabilidad disciplinaria (apartado 1)

Artículo 93 · Estatuto Básico del Empleado Público
Contenido1/5

Los funcionarios públicos y el personal laboral quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el presente título y en las normas que las leyes de Función Pública dicten en desarrollo de este Estatuto.

Completa el hueco2/5

Los funcionarios públicos y el personal laboral quedan sujetos al régimen ________ establecido en el presente título y en las normas que las leyes de Función Pública dicten en desarrollo de este Estatuto.

Artículo 93 · Estatuto Básico del Empleado Público
Respuesta2/5

disciplinario

«Los funcionarios públicos y el personal laboral quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el presente título y en las normas que las leyes de Función Pública dicten en desarrollo de este Estatuto.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Responsabilidad disciplinaria»?

Artículo 93 · Estatuto Básico del Empleado Público
Respuesta3/5

Artículo 93

Información4/5

Artículo 93. Responsabilidad disciplinaria (apartado 2)

Artículo 93 · Estatuto Básico del Empleado Público
Contenido4/5

Los funcionarios públicos o el personal laboral que indujeren a otros a la realización de actos o conductas constitutivos de falta disciplinaria incurrirán en la misma responsabilidad que éstos.

Completa el hueco5/5

Los funcionarios públicos o el personal laboral que indujeren a otros a la realización de actos o conductas constitutivos de falta disciplinaria incurrirán en la misma ________ que éstos.

Artículo 93 · Estatuto Básico del Empleado Público
Respuesta5/5

responsabilidad

«Los funcionarios públicos o el personal laboral que indujeren a otros a la realización de actos o conductas constitutivos de falta disciplinaria incurrirán en la misma responsabilidad que éstos.»

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