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📑 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común · BOE-A-2015-10565

Artículo 94 de la Ley 39/2015Desistimiento y renuncia por los interesados

Texto vigente

1. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.

2. Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado.

3. Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia, siempre que incorpore las firmas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable.

4. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen éstos su continuación en el plazo de diez días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia.

5. Si la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento, la Administración podrá limitar los efectos del desistimiento o la renuncia al interesado y seguirá el procedimiento.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 25/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados (apartado 1)

Artículo 94 · Ley 39/2015
Contenido1/5

Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.

Completa el hueco2/5

Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ________ jurídico, renunciar a sus derechos.

Artículo 94 · Ley 39/2015
Respuesta2/5

ordenamiento

«Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Desistimiento y renuncia por los interesados»?

Artículo 94 · Ley 39/2015
Respuesta3/5

Artículo 94

Información4/5

Artículo 94. Desistimiento y renuncia por los interesados (apartado 2)

Artículo 94 · Ley 39/2015
Contenido4/5

Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado.

Completa el hueco5/5

Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por ________ o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado.

Artículo 94 · Ley 39/2015
Respuesta5/5

dos

«Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado.»

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