🏢 Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público · BOE-A-2015-10566
Artículo 65 de la Ley 40/2015Los Secretarios generales técnicos
Texto vigente
1. Los Secretarios generales técnicos, bajo la inmediata dependencia del Subsecretario, tendrán las competencias sobre servicios comunes que les atribuya el Real Decreto de estructura del Departamento y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones.
2. Los Secretarios generales técnicos tienen a todos los efectos la categoría de Director General y ejercen sobre sus órganos dependientes las facultades atribuidas a dicho órgano por el artículo siguiente.
3. Los Secretarios generales técnicos serán nombrados y separados por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio.
Los nombramientos habrán de efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril. En todo caso, habrán de reunir los requisitos de idoneidad establecidos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración General del Estado.
Flashcards de este artículo
Artículo 65. Los Secretarios generales técnicos (apartado 1)
Los Secretarios generales técnicos, bajo la inmediata dependencia del Subsecretario, tendrán las competencias sobre servicios comunes que les atribuya el Real Decreto de estructura del Departamento y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones.
Los Secretarios generales técnicos, bajo la inmediata dependencia del ________, tendrán las competencias sobre servicios comunes que les atribuya el Real Decreto de estructura del Departamento y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones.
Subsecretario
«Los Secretarios generales técnicos, bajo la inmediata dependencia del Subsecretario, tendrán las competencias sobre servicios comunes que les atribuya el Real Decreto de estructura del Departamento y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones.»
¿Qué artículo lleva por título «Los Secretarios generales técnicos»?
Artículo 65. Los Secretarios generales técnicos (apartado 2)
Los Secretarios generales técnicos tienen a todos los efectos la categoría de Director General y ejercen sobre sus órganos dependientes las facultades atribuidas a dicho órgano por el artículo siguiente.
Los Secretarios generales técnicos tienen a todos los efectos la categoría de Director General y ejercen sobre sus órganos ________ las facultades atribuidas a dicho órgano por el artículo siguiente.
dependientes
«Los Secretarios generales técnicos tienen a todos los efectos la categoría de Director General y ejercen sobre sus órganos dependientes las facultades atribuidas a dicho órgano por el artículo siguiente.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Los Ministerios y su estructura interna
- Artículo 57 · Los Ministerios
- Artículo 58 · Organización interna de los Ministerios
- Artículo 59 · Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativas
- Artículo 60 · Ordenación jerárquica de los órganos ministeriales
- Artículo 61 · Los Ministros
- Artículo 62 · Los Secretarios de Estado
- Artículo 63 · Los Subsecretarios
- Artículo 64 · Los Secretarios generales
- Artículo 66 · Los Directores generales
- Artículo 67 · Los Subdirectores generales
- Artículo 68 · Reglas generales sobre los servicios comunes de los Ministerios
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.