📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 238 de la Ley de Enjuiciamiento CivilExclusión de la caducidad por fuerza mayor o contra la voluntad de las partes
Texto vigente
No se producirá caducidad de la instancia o del recurso si el procedimiento hubiere quedado paralizado por fuerza mayor o por cualquiera otra causa contraria o no imputable a la voluntad de las partes o interesados.
Flashcards de este artículo
Artículo 238. Exclusión de la caducidad por fuerza mayor o contra la voluntad de las partes
No se producirá caducidad de la instancia o del recurso si el procedimiento hubiere quedado paralizado por fuerza mayor o por cualquiera otra causa contraria o no imputable a la voluntad de las partes o interesados.
No se producirá caducidad de la instancia o del recurso si el ________ hubiere quedado paralizado por fuerza mayor o por cualquiera otra causa contraria o no imputable a la voluntad de las partes o interesados.
procedimiento
«No se producirá caducidad de la instancia o del recurso si el procedimiento hubiere quedado paralizado por fuerza mayor o por cualquiera otra causa contraria o no imputable a la voluntad de las partes o interesados.»
¿Qué artículo lleva por título «Exclusión de la caducidad por fuerza mayor o contra la voluntad de las partes»?
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Artículo 238. Exclusión de la caducidad por fuerza mayor o contra la voluntad de las partes
«No se producirá caducidad de la instancia o del recurso si el procedimiento hubiere quedado paralizado por fuerza mayor o por cualquiera otra causa contraria o no imputable a la voluntad de las partes o interesados.»
Otros artículos de TÍTULO VI. De la cesación de las actuaciones judiciales y de la caducidad de l…
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