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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 45 de la Ley de Enjuiciamiento CivilCompetencia de los Juzgados de Primera Instancia

Texto vigente

Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros tribunales. Conocerán, asimismo, dichos Juzgados de los asuntos, actos, cuestiones y recursos que les atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 45. Competencia de los Juzgados de Primera Instancia

Artículo 45 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros tribunales. Conocerán, asimismo, dichos Juzgados de los asuntos, actos, cuestiones y recursos que les atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Completa el hueco2/5

Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el ________, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros tribunales.

Artículo 45 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

conocimiento

«Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros tribunales.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Competencia de los Juzgados de Primera Instancia»?

Artículo 45 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 45

Completa el hueco4/5

Conocerán, asimismo, dichos Juzgados de los asuntos, actos, ________ y recursos que les atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Artículo 45 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta4/5

cuestiones

«Conocerán, asimismo, dichos Juzgados de los asuntos, actos, cuestiones y recursos que les atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa…»?

Artículo 45 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

Artículo 45. Competencia de los Juzgados de Primera Instancia

«Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros tribunales.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 3 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 17/08/2022 por BOE-A-2022-12578.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/10/2015):

1. Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros tribunales. 2. Conocerán, asimismo, dichos Juzgados: a) De Juzgados de los asuntos, actos, cuestiones y recursos que les atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial. b) De los concursos de persona natural que no sea empresario.

  1. Vigente desde 08/01/2001 · redacción original
  2. Vigente desde 01/10/2015 · modificado por BOE-A-2015-8167
  3. Vigente desde 17/08/2022 · modificado por BOE-A-2022-12578

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