📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento CivilSubasta sin suplencia de la falta de títulos
Texto vigente
A instancia del acreedor podrán sacarse los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, expresando en los edictos esta circunstancia. En tal caso se observará lo prevenido en la regla 5.ª del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.
Flashcards de este artículo
Artículo 665. Subasta sin suplencia de la falta de títulos
A instancia del acreedor podrán sacarse los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, expresando en los edictos esta circunstancia. En tal caso se observará lo prevenido en la regla 5.ª del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.
A instancia del acreedor podrán sacarse los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, expresando en los edictos esta ________.
circunstancia
«A instancia del acreedor podrán sacarse los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, expresando en los edictos esta circunstancia.»
¿Qué artículo lleva por título «Subasta sin suplencia de la falta de títulos»?
En tal caso se observará lo prevenido en la regla ________.ª del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.
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«En tal caso se observará lo prevenido en la regla 5.ª del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.»
¿Qué artículo establece: «A instancia del acreedor podrán sacarse los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, expresando en…»?
Artículo 665. Subasta sin suplencia de la falta de títulos
«A instancia del acreedor podrán sacarse los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, expresando en los edictos esta circunstancia.»
Otros artículos de Sección 6.ª De la subasta de bienes inmuebles
- Artículo 655 · Ámbito de aplicación de esta sección y aplicación supletoria de las disposiciones de la sección anterior
- Artículo 656 · Certificación de dominio y cargas
- Artículo 657 · Información de cargas extinguidas o aminoradas
- Artículo 658 · Bien inscrito a nombre de persona distinta del ejecutado
- Artículo 659 · Titulares de derechos posteriormente inscritos
- Artículo 660 · Forma de practicarse las comunicaciones
- Artículo 661 · Comunicación de la ejecución a arrendatarios y a ocupantes de hecho. Publicidad de la situación posesoria
- Artículo 662 · Tercer poseedor
- Artículo 663 · Presentación de la titulación de los inmuebles embargados
- Artículo 664 · No presentación o inexistencia de títulos
- Artículo 666 · Valoración de inmuebles para su subasta
- Artículo 667 · Convocatoria, anuncio y publicidad de la subasta
- Artículo 668 · Contenido del anuncio y publicidad de la subasta
- Artículo 669 · Condiciones especiales de la subasta
- Artículo 670 · Aprobación del remate. Pago. Adjudicación de los bienes al acreedor
- Artículo 671 · Subasta sin ningún postor
- Artículo 672 · Destino de las sumas obtenidas en la subasta de inmuebles
- Artículo 673 · Inscripción de la adquisición: título
- Artículo 674 · Cancelación de cargas
- Artículo 675 · Posesión judicial y ocupantes del inmueble
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.