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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 246 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Si los bienes del penado no fuesen bastantes para cubrir todas las responsabilidades pecuniarias, se procederá, para el orden y preferencia de pago, con arreglo a lo establecido en los artículos respectivos del Código Penal.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 246

Artículo 246 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Si los bienes del penado no fuesen bastantes para cubrir todas las responsabilidades pecuniarias, se procederá, para el orden y preferencia de pago, con arreglo a lo establecido en los artículos respectivos del Código Penal.

Completa el hueco2/3

Si los bienes del penado no fuesen bastantes para cubrir todas las ________ pecuniarias, se procederá, para el orden y preferencia de pago, con arreglo a lo establecido en los artículos respectivos del Código Penal.

Artículo 246 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

responsabilidades

«Si los bienes del penado no fuesen bastantes para cubrir todas las responsabilidades pecuniarias, se procederá, para el orden y preferencia de pago, con arreglo a lo establecido en los artículos respectivos del Código Penal.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Si los bienes del penado no fuesen bastantes para cubrir todas las responsabilidades pecuniarias, se procederá, para el orden y preferencia de…»?

Artículo 246 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 246

«Si los bienes del penado no fuesen bastantes para cubrir todas las responsabilidades pecuniarias, se procederá, para el orden y preferencia de pago, con arreglo a lo establecido en los artículos respectivos del Código Penal.»

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