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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 274 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

El particular querellante, cualquiera que sea su fuero, quedará sometido, para todos los efectos del juicio por él promovido, al Juez de instrucción o Tribunal competente para conocer del delito objeto de la querella.

Pero podrá apartarse de la querella en cualquier tiempo, quedando, sin embargo, sujeto a las responsabilidades que pudieran resultarle por sus actos anteriores.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 274

Artículo 274 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

El particular querellante, cualquiera que sea su fuero, quedará sometido, para todos los efectos del juicio por él promovido, al Juez de instrucción o Tribunal competente para conocer del delito objeto de la querella. Pero podrá apartarse de la querella en cualquier tiempo, quedando, sin embargo, sujeto a las responsabilidades que pudieran resultarle por sus actos anteriores.

Completa el hueco2/5

El particular ________, cualquiera que sea su fuero, quedará sometido, para todos los efectos del juicio por él promovido, al Juez de instrucción o Tribunal competente para conocer del delito objeto de la querella.

Artículo 274 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

querellante

«El particular querellante, cualquiera que sea su fuero, quedará sometido, para todos los efectos del juicio por él promovido, al Juez de instrucción o Tribunal competente para conocer del delito objeto de la querella.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «El particular querellante, cualquiera que sea su fuero, quedará sometido, para todos los efectos del juicio por él promovido, al Juez de…»?

Artículo 274 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 274

«El particular querellante, cualquiera que sea su fuero, quedará sometido, para todos los efectos del juicio por él promovido, al Juez de instrucción o Tribunal competente para conocer del delito objeto de la querella.»
Completa el hueco4/5

Pero podrá apartarse de la querella en cualquier tiempo, quedando, sin embargo, sujeto a las ________ que pudieran resultarle por sus actos anteriores.

Artículo 274 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

responsabilidades

«Pero podrá apartarse de la querella en cualquier tiempo, quedando, sin embargo, sujeto a las responsabilidades que pudieran resultarle por sus actos anteriores.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Pero podrá apartarse de la querella en cualquier tiempo, quedando, sin embargo, sujeto a las responsabilidades que pudieran resultarle por sus actos…»?

Artículo 274 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 274

«Pero podrá apartarse de la querella en cualquier tiempo, quedando, sin embargo, sujeto a las responsabilidades que pudieran resultarle por sus actos anteriores.»

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