🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Cualquier persona puede detener:
1.º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.
2.º Al delincuente in fraganti.
3.º Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
4.º Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto por sentencia firme.
5.º Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el número anterior.
6.º Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
7.º Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
Flashcards de este artículo
Artículo 490 (apartado 1)
º Al que ________ cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.
intentare
«º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.»
¿Qué artículo establece: «º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo»?
Artículo 490
«º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.»
Artículo 490 (apartado 2)
º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.
º Al que se fugare del ________ penal en que se halle extinguiendo condena.
establecimiento
«º Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.»
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.